Hoy 8 de Julio, asistimos a uno de los efectos más devastadores del tsunami de la Reforma Laboral: cerca de 2 millones de trabajadores y trabajadoras se quedan sin convenio colectivo o expresado de otra manera más ajustada a la realidad cotidiana de sus vidas laborales, sus condiciones colectivas (salarios, categorías, tiempo de trabajo, jornada, complementos salariales, sistemas retributivos, derechos sociales, etc.), en el mejor de los casos, pasan a convertirse en condiciones individuales incorporadas a sus contratos y en el peor, se regirán por el Estatuto de los Trabajadores.
El resto de asalariados y asalariadas, bien con convenio vigente (condiciones colectivas), bien con convenios cerrados y negociados (condiciones colectivas), han sufrido lo que la Reforma Laboral pretendía y lo consiguió, al destruir la capacidad normativa de los convenios, pues dichas condiciones colectivas pactadas, han sido alteradas sustancialmente, cuando no eliminadas o su lado “menos perverso” eliminadas temporalmente –descuelgues y autodescuelgues-) y/o modificadas unilateralmente por el empresario, en base a la “descausalización” llevada a efecto por el legislador, donde salarios, sistemas retributivos, condiciones complementarias en casos de enfermedad, jornadas y tiempo de trabajo, entre otras, han decrecido o sencillamente se han eliminado.
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CGT sobre el Acuerdo de la ultraactividad de los convenios colectivos.